REGLAMENTO BINGO VIRTUAL “ANIVERSARIO 30” FONDO DE EMPLEADOS DE POLLOS BUCANERO – FONDEBUCANERO

A continuación, se precisan todas las condiciones y aspectos del Bingo virtual “Aniversario 30” del Fondo de Empleados de Pollos Bucanero FONDEBUCANERO:

ARTÍCULO 1. PARTICIPANTES: Participarán del Bingo Virtual los asociados activos del FONDO DE EMPLEADOS DE POLLOS BUCANERO – FONDEBUCANERO al corte del 30 de julio de 2023, los cuales se deben inscribir a través de los mecanismos dispuestos por la administración del Fondo.

ARTÍCULO 2. FECHA, HORA Y LUGAR: El Bingo Virtual se realizará el día sábado dos (02) de diciembre de 2023, a partir de las 4:00 pm. Esta actividad será administrada y controlada por Comfandi (Caja de Compensación) con la logística del operador de Industrias Creativas Colombianas.

ARTÍCULO 3. MECANISMO DEL BINGO: El Bingo Virtual se realizará de la siguiente forma:

  1. Para participar del Bingo virtual, se deberá realizar la inscripción por medio del siguiente link:  https://estudiosicc.com/bingo-bucanero/ el cual será divulgado por FONDEBUCANERO a través de los medios comunicación formales como redes sociales, correos electrónicos y mensaje de texto a los números celulares registrados en la Base de Datos. Este proceso se debe realizar antes del día miércoles 29 de noviembre de 2023.
  2. La plataforma de Bingo Virtual S.A.S, le asignará a cada asociado de manera aleatoria una (1) tabla exclusiva y sin repetición, y se enviará de manera inmediata al momento de registro. Dicho cartón tendrá un número de identificación, el cual le permitirá estar al tanto de los diferentes sorteos.
  3. Es responsabilidad de cada asociado descargar la tabla que se le ha asignado. Una vez descargado, la podrán imprimir o verificar desde su dispositivo electrónico (móvil o pc).
  4. FONDEBUCANERO no se hace responsable por perdida o daño de la tabla, o la no recepción de la misma por correos electrónicos mal registrados al momento de la inscripción.
  5. El evento se realizará en transmisión en vivo, por medio del canal de YouTube de Comfandi. Los asociados inscritos en la actividad deberán establecer conexión por medio del siguiente link: https://youtube.com/live/yml50RjVnnI?feature=share
  6. El asociado debe tener acceso a YouTube para poder conectarse al momento de jugar.
  7. FONDEBUCANERO no se hace responsable por conexiones a internet, carga de energía del equipo donde el asociado verá la transmisión, cortes de energía, fallas técnicas, ni impresión de las tablas.
  8. El asociado participará con la misma tabla en todos los sorteos.
  9. Se declara ganador el jugador que la plataforma Bingonet arroje en pantalla, se observará el nombre completo y el número del cartón para su correspondiente validación.
  10. En caso de empate o de haber más de tres (3) ganadores, se realiza un sorteo de balotas donde el ganador será la balota más alta, teniendo como referencia el número de la carta menor a mayor para dicho sorteo, es decir; se jugará una balota por tabla iniciando con la tabla número menor a la tabla de número mayor y la tabla que tenga la balota de mayor valor será la ganadora.
  11. El asociado que gane, su tabla se inactivará automáticamente para las siguientes rondas.
  12. La tabla suministrada es válida solo para esta actividad.

ARTÍCULO 4. SORTEOS Y GANADORES: En el desarrollo del Bingo Virtual se entregarán cuatro (4) premios gordos, una vez finalizada esta premiación se realizarán dieciséis (16) premios aleatorios al TINGO TANGO con los asociados que no hayan ganado anteriormente.

En total el número de ganadores será de veinte (20) asociados.

Un asociado no puede ganar más de un sorteo.

Los ganadores deberán cumplir con lo que se dispone en este reglamento.

ARTÍCULO 5. PLAN DE PREMIOS: Los ganadores del Bingo Virtual se llevarán los siguientes premios en efectivo:

LETRA Y$ 1,500,000UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS M/C
MINI C$ 2,000,000DOS MILLONES DE PESOS M/C
MINI O$ 4,000,000CUATRO MILLONES DE PESOS M/C
TABLA LLENA$ 6,000,000SEIS MILLONES DE PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C
PREMIO AL TINGO TANGO$ 250,000DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/C

ARTÍCULO 6. SUPERVISIÓN: Los sorteos y premiación será vigilada por la Revisoría Fiscal de FONDEBUCANERO.

ARTÍCULO 7. ENTREGA: Los premios serán entregados a los ganadores dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al Bingo Virtual, mediante el diligenciamiento de un Acta formal y posterior trasferencia electrónica a la cuenta de nómina registrada en nuestra Base de Datos.

ARTÍCULO 8. GASTOS, CARGOS E IMPUESTOS: En el evento en que con la entrega de los premios se generen pagos por concepto de seguros de cualquier naturaleza, accesorios e impuestos por ganancia ocasional u otros, serán asumidos por el asociado ganador, quien deberá cubrirlos en la forma que señale la ley.

ARTÍCULO 9. ASPECTOS FINALES: Los premios entregados no son canjeables por otros, ni transferibles a favor de otras personas. FONDEBUCANERO tendrá el derecho de usar, exhibir y publicar el nombre, fotografía, imagen, voz, interpretación, información biográfica y/o declaraciones de ganador(es) en todo el mundo a perpetuidad en cualquier medio que ahora exista o pueda existir en el futuro. Si FONDEBUCANERO hace uso de cualquiera de los derechos anteriores, el asociado que resulte beneficiario del premio autoriza el uso de sus imágenes y datos, y entiende y acepta que no recibirá contraprestación o pago, aviso o crédito alguno, ni tendrá derecho de aprobar o no la forma en que FONDEBUCANERO utilice los anteriores derechos.

ARTÍCULO 10. Los miembros de Junta Directiva, la Gerencia, la Dirección Administrativa y Contadora de FONDEBUCANERO, no podrán participar de los sorteos.

El Comité de Control Social, así como los funcionarios de FONDEBUCANERO, en la calidad de asociados y haciendo el uso de la igualdad de derecho podrán participar de esta actividad y beneficiarse de los premios.

ARTÍCULO 11. AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES:

Declaro que FONDEBUCANERO, como responsable del tratamiento de mis datos personales, me ha dado a conocer los derechos como titular de la información, los cuales me fueron informados a través del link: «https://estudiosicc.com/reglamento-bingo-virtual-aniversario-30/».  Soy consciente de los derechos para la protección, modificación o supresión de mis datos personales y los canales a través de los cuales puedo ejercer los derechos para conocer, actualizar, aclarar y rectificar la autorización y/o presentar reclamos. Lo anterior, en el marco de la Ley 1581 de 2012 y demás normas que las sustituyan, modifiquen, complementen, deroguen o reglamenten. Como titular de la información autorizo a FONDEBUCANERO para:

  1. Registrar en sus bases de datos toda información por mi suministrada.
  2. Obtener, almacenar, copilar, actualizar, recolectar, procesar, reproducir y/o disponer de los datos   o   información parcial o total por mi suministrada, en los términos exigidos por la Ley.
  3. Ofrecerme servicios discriminados   en la política de   protección   de datos de   manera directa o a través de proveedores, por medio de mensajería o correos electrónicos, redes sociales, contacto telefónico y/o terminales móviles.
  4. Me contacte a través de correo físico, electrónico, redes sociales como WhatsApp, vía telefónica, celular o dispositivo móvil, mensajes de texto o a través de cualquier medio análogo y/o digital de comunicación conocido o por conocer para ofrecer diferentes productos y servicios y/o realizar el cobro de mis obligaciones o envío de información, de acuerdo a las disposiciones de Ley.
  5. Transferir o transmitir los datos o información parcial o total a los encargados o responsables del tratamiento, con fines comerciales, administrativos o de mercadeo y en general, para dar cumplimiento al objeto social de FondeBucanero.

ARTÍCULO 12. VIGENCIA: El presente reglamento rige a partir de su promulgación a través de los medios comunicación formales de FONDEBUCANERO.

Solidariamente;

Original firmado                                                  Original firmado

YOLANDA SANCHEZ SALAZAR                              YURLEY NATALY JURADO LONDOÑO

Miembro principal Junta Directiva                        Miembro principal Junta Directiva